Esta mañana se ha efectuado la última unión en el Registro de Parejas Estables no Casadas del Gobierno de Aragón, con la que ascienden a 13.880 el número de parejas Estables no Casadas inscritas en la Comunidad Autónoma, si bien las solicitudes han superado ya la marca de las 15.000. Este servicio fue establecido en Aragón en el año 1999, y permite establecer vínculo legal entre dos personas mayores de edad con una relación afectiva análoga a la conyugal. Aunque se trata de un trámite administrativo, aquellas parejas que así lo deseen, pueden solicitar la realización de una ceremonia presencial en un espacio acondicionado a tal efecto en la sede del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, en la plaza del Pilar. Una vez culminado el enlace, la pareja puede acogerse a los mismos derechos y obligaciones que los cónyuges según la normativa aragonesa de Derecho Público, salvo las de carácter tributario.
“Hoy es un día muy especial en la Dirección General de Igualdad y Familias, pues hemos retomado las ceremonias de parejas estables no casadas de forma presencial, una posibilidad que establecimos en el año 2017 y que fue interrumpida durante el periodo de confinamiento”, ha señalado la directora general de Igualdad y Familias, Teresa Sevillano. Desde que comenzó este procedimiento, se ha pasado de las 17 parejas inscritas en 1999 a 1.454 solo en 2019, haciendo que las solicitudes rebasen ya las 15.000, lo que demuestra, apunta Sevillano, un “incremento paulatino en los últimos años” y que es “un servicio cada vez más utilizado por las parejas aragonesas”.
De las casi 14.000 parejas que se han registrado en este tiempo, 10.713 son heterosexuales y 352 homosexuales. Hasta mitad de septiembre de 2020, se han presentado 632 solicitudes nuevas y se ha procedido a la inscripción efectiva de 718, ya que algunas de ellas proceden de años anteriores. Por el contrario, también ha habido 309 cancelaciones por parte de parejas que han solicitado el cese de esta vinculación. Cabe destacar que el número de parejas inscritas en el Registro se ha incrementado considerablemente desde 2015; el año pasado se superaron las 1.400.
Para poder inscribirse en el registro de Parejas Estables no casadas del Gobierno de Aragón se debe, al menos, haber convivido dos años de forma ininterrumpida. De no ser así, se puede acreditar la voluntad de convertirse en pareja mediante escritura pública emitida por notario. Asimismo, ambos dos miembros deben estar empadronados en la Comunidad Autónoma de Aragón y presentar un “certificado de estado civil” que les certifique como solteros, divorciados o viudos, condición necesaria para acceder a este Registro.
Por contra, no serán aceptadas aquellas solicitudes en que:
- Los miembros estén ligados con vínculo matrimonial.
- Exista relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.
- Uno o ambos miembros formen ya pareja estable no casada con otra persona.
- Del mismo modo que dos personas deciden vincularse legalmente mediante este instrumento, existe la posibilidad de revocación.
Son causas de extinción de la pareja estable no casada:
- a) La muerte o declaración de fallecimiento de uno de sus integrantes
- b) De común acuerdo
- c) Por decisión unilateral (en ese caso el solicitante de la extinción deberá notificarlo fehacientemente al otro miembro de la pareja)
- d) Por separación de hecho de más de un año
- e) Por matrimonio de sus miembros
Para ello es necesario cumplimentar el impreso de cancelación y presentarlo en la misma sede del Departamento, siendo conscientes ambas partes de que no podrán volver a formalizar una Pareja Estable no Casada hasta seis meses después de que se dejara sin efecto el documento público de convivencia anterior.
El procedimiento tiene tres meses de plazo, en los que debería estar resuelta la solicitud. Los contrayentes pueden ser del mismo sexo, no generarán relación de parentesco con los familiares del otro miembro al formalizar esta unión y tendrán la posibilidad de adoptar (amparados por el artículo 312 del Código del Derecho Foral de Aragón).