Si hay algo que caracteriza el Principado, esas son sus viviendas. Desde las zonas más rurales a las grandes capitales, las construcciones más típicas han formado parte del paisaje de un área que cada vez atrae las miradas de más turistas y, cómo no, también de inversores dispuestos a hacerse con alguna de las viviendas de segunda mano que están en el mercado de compra venta.
De hecho, para conseguir formalizar la venta, sobre todo cuando de edificios o comunidades se trata, cada vez son más las normativas que deben cumplirse, entre las que se encuentra estar en posesión del ya famoso IEE.
¿Qué es en realidad el IEE?
El Informe de Evaluación de Edificios no deja de ser un aval del estado de un inmueble.
Firmado por un técnico que posea la homologación necesaria para expedirlos, deberá reflejar tras una revisión presencial aspectos como la conservación del edificio, que se cumplan los requisitos de la accesibilidad universal y que garantice cuál es la eficiencia energética del inmueble.
Por partes, la conservación del edificio haría referencia a la cimentación, sistemas de contención del edificio, el tipo de estructura vertical con la que cuenta, cómo es y el estado en el que se encuentra la cubierta o los cerramientos de fachada entre otros.
En cuanto a la accesibilidad universal se refiere a la capacidad del edificio a que toda persona pueda acceder, utilizar y disfrutar de forma normalizada y segura de los accesos y zonas del propio edificio. Hoy en día es un requisito indispensable y es uno de los grandes escollos de algunas construcciones más clásicas ya que hasta que no se legisló en este sentido, no existía la norma universal que buscaba evitar la discriminación o la merma de oportunidades para personas con cualquier tipo de discapacidad.
Finalmente, la eficiencia energética habla del uso eficiente de un edificio o vivienda con respecto la energía. Este apartado busca la optimización de recursos. Hoy en día entra dentro de las certificaciones que se exigen para las transacciones inmobiliarias.
¿Desde cuándo es necesario el IEE en Asturias?
Según el Boletín Oficial, tras la publicación del Decreto 29/2017, de 17 de mayo, ya se regula el Informe de Evaluación de los Edificios y se crea también en ese momento el Registro General de Informes de Evaluación de los Edificios del Principado de Asturias.
Tal como muestra el propio texto, “En el Principado de Asturias, el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en adelante TROTU, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, reguló el deber de los propietarios de construcciones de mantener las condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos, y estableció que los concejos pudieran imponer a los propietarios de toda construcción o edificación de antigüedad superiora treinta y cinco años la obligación de presentar cada cinco años un informe sobre el estado de los mismos, suscrito por un técnico competente”.
También en el propio decreto aparece otra cláusula que estipula que están obligados a disponer del IEE todas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios residenciales que cuenten con una antigüedad igual o superior a 50 años.
A la vista de este apartado, todos los edificios con más de 35 años y también las comunidades de más de 35 años deberán dotar a dicho Registro una copia del IEE certificado por el técnico habilitado para tal efecto y subsanar cuantas erratas tuviera dentro de la legislación del momento.
¿Quiénes deberán de velar por el cumplimiento?
Los distintos Ayuntamientos tuvieron hasta un año desde la publicación del decreto para la puesta en marcha del registro para todos aquellos edificios “de tipología residencial de vivienda colectiva, entendiendo como tales los que cuenten con más de una vivienda,independientemente de que el edificio se destine simultáneamente a otros usos.A efectos de determinar el número de viviendas del edificio, se computará el número de cédulas de habitabilidad vigentes y el número de viviendas incluidas en el catastro”.
Quedarían, por tanto, exentas las viviendas unifamiliares, incluso adosadas.