Close Menu
El Digital de Asturias
  • Portada
  • Actualidad
    • Agenda
    • Empresas
    • Mundo Curioso
    • Videonoticias
  • Turismo
  • Viajes
  • Estilo de Vida
    • Moda
    • Hogar
    • Sabores
  • Internet
  • Motor
Facebook X (Twitter) Instagram
El Digital de Asturias
  • Portada
  • Actualidad
    • Agenda
    • Empresas
    • Mundo Curioso
    • Videonoticias
  • Turismo
  • Viajes
  • Estilo de Vida
    • Moda
    • Hogar
    • Sabores
  • Internet
  • Motor
El Digital de Asturias
Home»Actualidad Turismo»Condenan a Paradores a indemnizar con 6.000 euros a CC.OO.-Toledo por vulnerar derechos de huelga
Actualidad Turismo

Condenan a Paradores a indemnizar con 6.000 euros a CC.OO.-Toledo por vulnerar derechos de huelga

adminBy admin24 junio, 2015

fotonoticia_20150624100128_800El juzgado de lo Social número 2 de Toledo ha condenado a Paradores de Turismo de España a indemnizar con 6.000 euros a CC.OO.-Toledo para resarcir los daños morales causados al sindicato por vulnerar sus derechos de Huelga y Libertad Sindical, según ha informado el sindicato.

En un comunicado, CC.OO. ha explicado que la sentencia, comunicada este martes, atiende la demanda interpuesta por el sindicato en tutela de derechos fundamentales después de que los responsables del Parador de Toledo contrataran a tres personas durante la huelga convocada en toda la red de Paradores de España los días 12 y 13 de octubre de 2012.

El mismo día 12, Paradores concertó con la empresa de trabajo temporal Eulen Flexiplan sendos contratos de puesta a disposición de dos personas para atender la cafetería del Parador de Toledo durante los dos días de la huelga, desde las 16.00 a las 24.00 horas, según CCOO, que explica que la empresa, previamente, el 10 de octubre, también celebró un contrato de duración determinada eventual por circunstancias de producción de una camarera de piso, desde el día 10 al 16 de octubre, incluyendo así los días de huelga.

CC.OO. ha indicado que Paradores ya fue sancionada por con 6.251 euros por estos hechos, a raíz del acta de Infracción levantada por la Inspección de Trabajo, que los calificó de «muy graves» por vulnerar el artículo 6.5 del RDL 17/1977, sobre Relaciones de Trabajo, que señala que «en tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma».

El secretario general de CC.OO. de Toledo, Jesús García Villaraco, ha valorado esta sentencia que, a su juicio, «sobre todo pone en valor el derecho de huelga, que es un derecho básico de los trabajadores y nuestra propia Constitución lo incluye en su Título I entre los derechos fundamentales de los españoles.

Por eso la Justicia tiene que parar los pies no a los trabajadores que ejercen su derecho de huelga, sino a las empresas que, como hizo Paradores, tratan de romperlo».

Share. Facebook Twitter Telegram

Más Noticias

Actualidad Turismo

Reabierto en Asturias el acceso al mirador del Fitu

11 mayo, 2025
Actualidad Turismo

Plus Ultra Líneas Aéreas y sus directivos refuerzan su presencia en Fitur

11 febrero, 2025
Actualidad Turismo

Descubriendo qué es un apartahotel y por qué elegirlo es ideal

7 enero, 2025
NUESTRAS REDES
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • YouTube

Publicidad en Asturias

NB Radio digital Asturias

Facebook YouTube
  • Aviso legal
  • Política de Privacidad
  • Política de Cookies
  • Publicidad web
  • Contacto
© 2025 El digital de Asturias.com

Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.