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El Digital de Asturias
Home»Actualidad Turismo»Facua exige a Ryanair indemnizaciones al no facturar equipajes en Barajas por huelga de ‘handling’
Actualidad Turismo

Facua exige a Ryanair indemnizaciones al no facturar equipajes en Barajas por huelga de ‘handling’

adminBy admin20 junio, 2015

fotonoticia_20150619174107_800Facua-Consumidores en Acción exige a Ryanair que compense a los usuarios afectados por la huelga indefinida del personal de ‘handling’ de la compañía en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas como si se tratase de vuelos cancelados.

La aerolínea está avisando a los usuarios cuyo origen o destino sea Madrid que no permite facturar maletas con motivo de la huelga indefinida de su personal de ‘handling’, que arrancó el pasado 30 de mayo.

Si la compañía no cumple con el servicio de facturación y traslado del equipaje y este «resulta imprescindible» para el usuario, advierte Facua, la situación es «equiparable a una cancelación».

Como alternativa Ryanair está ofreciendo la posibilidad de llevar dos bultos de mano como equipaje pero para aquellos pasajeros para los que el traslado del equipaje facturado es «imprescindible» no ofrece ninguna opción más allá de la posibilidad de cancelar el vuelo y recuperar el importe.

Desde Facua se considera que esto «no es suficiente» y que Ryanair debe indemnizar a los usuarios por los perjuicios que esta cancelación conlleva, como puede ser el incremento de importe que conlleva buscar un traslado alternativo para el mismo trayecto en un corto espacio de tiempo.

Facua señala que Ryanair no puede alegar que se trata de un supuesto de causa mayor para evitar hacer frente a las compensaciones, dado que una huelga de personal propio no es un suceso ajeno e imprevisible a su actividad y así está reconocido en la jurisprudencia española.

Al respecto, recuerda que la huelga comenzó el pasado 30 de mayo por lo que la empresa «ha tenido tiempo suficiente de articular una respuesta para poder compensar a los usuarios afectados».

Por todo ello, Facua aconseja a los usuarios reclamar su derecho a las compensaciones establecidas en el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y, en su caso, a la indemnización de los daños y perjuicios causados por la cancelación (que la compañía permite hacer) de su vuelo.

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